viernes, 25 de noviembre de 2011

BARRIADA SAN JOSÉ ARTESANO

Carta dirigida al Presidente de la Asociación de vecinos de SAN JOSÉ ARTESANO de fecha 17/11/2011

Don. JOSÉ BARROSO CALVO con D N I 31 811 688 C, vecino de Algeciras (Cádiz), con domicilio fiscal a efecto de notificación en Avd. de FRANCIA Nº 2 - 5º D, y Don JOSÉ TEJEIRO GÓMEZ  con D N I 01 484 067 S, con domicilio fiscal en Avd. de ITALIA Nº 2 - 4º D, ambos a la cabeza de una plataforma Vecinal constituida en nuestra Barriada, POR MEDIO DEL PRESENTE ESCRITO TIENE A BIEN SOLICITAR DE U.V., SE DIGNE CONVOCAR UNA ASAMBLEA GENERAL AL OBJETO DE CONVOCAR ELECCIONES, FISCALIZAR Y CONTROLAR LOS ACTOS DE SU JUNTA DIRECTIVAS Y DE APROBAR EL PRESUPUESTO ANUAL Y LA LIQUIDACIÓN DE CUENTAS que deberá usted tener al día y a disposición de cualquier socio que se lo pida de acuerdo con lo previsto en los articulo 9.1 de la Constitución y el articulo 10.1 del Estatuto de Autonomía de la Junta de Andalucía, ademas 8.1.b),C) y 9.1 a) de la ley de Asociaciones 4/2006 de 23 de junio (B.O.E. nº 185). seria preferible que dicha convocatoria se hiciera de oficio sin tenerse que recurrir al procedimiento especial  tipificado en el articulo 9.1 C), pues ello provocaría una alarma social entre los vecinos de la barriada, no beneficiando al prestigio de nuestra asociación. Y nuestro barrio. Concediéndole quince días para combocal y treinta para hacerle efectivo.- Siendo especialmente significativo lo dispuesto en el articulo 5 de citado texto legal que reza:  Articulo 5.  obligaciones  documentales . 1. las asociaciones han de disponer de una relación actualizada de personas asociadas, llevar una contabilidad que permita obtener la imagen fiel del patrimonio, del resultado y de la situación financieros de la entidad, así como de las actividades realizadas, efectuar un inventario de sus bienes y recoger en un libro las actas de las reuniones de sus órganos de gobierno y representación. Deberán llevar su contabilidad  conforme a las normas especificas que les resulten de aplicación.

2. Las personas asociadas podrán acceder a todas las documentación que se relaciona en el aprtado anterior, a través de los órganos de representación, con respecto a lo establecido en la normativa reguladora de la protección de datos de carácter personal.

3. Las cuentas de la asociación se aprobarán anualmente  por la Asamblea General, " Por tanto le prevengo que usted carece de competencias para decidir el Presupuesto Anual de la Asociación y, en tales circunstancias, si no cumple con la más estricta legalidad al respecto solicitaremos la intervención del ministerio fiscal al objeto de que tutele los intereses de los vecinos asociados en la institución Vecinal.-

A la espera de su atenta y pronta resolución le manifestamos el testimonio de nuestra consideración más distinguida. 



  
Fdo: José Barroso Calvo.-                                                       Fdo: José Tejeiro Gómez

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