jueves, 5 de abril de 2012

CARTA AL DECANO DE ILMO COLEGIO DE ABOGADO DE CADIZ


Excmo. Sr. Decano. Don.
José Antonio Gutiérrez Trueba
C/ Trainera, 17 – 19
11007 Cádiz
Algeciras  9 – 4 – 2012

Excmo. Sr. Gutiérrez me veo en la obligación de molestarle en calidad de presidente de la Federación de Asociaciones vecinales de la ciudad de Algeciras, al encontrarme frente una indefensión notoria,   con los poderes publico locales, provinciales y autonómicos.
Al leer la Ley orgánica de asociaciones del  26 de Marzo de 2002, observo  un texto donde se dice lo siguiente.
  • Se amplían los derechos de las Asociaciones de Utilidad Pública con la  “Asistencia jurídica gratuita en los términos previsto en la legislación específica (art. 33.d)”
  • Pretendemos desde nuestro desconocimiento basarnos en la Ley 1/1996 de 10 enero de asistencia Jurídica Gratuita en su artículo 2. Ámbito personal de aplicación.
En los términos y con el alcance previsto en esta ley y en los tratados y convenios internacionales sobre la materia en los que España sea parte, tendrán derecho a la asistencia jurídica gratuita:
a.         los ciudadanos españoles, los nacionales de los demás estado miembros de la Unión Europea y los                     extranjeros que se encuentren en España, cuando acrediten insuficiencia de recursos para litigar.
b.                   Las entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social, en todo caso.
c.                    Las siguientes personas jurídicas cuando acrediten insuficiencia de recursos para litigar:
1. Asociaciones de utilidad públicas, previstas en el  artículo 32 de la Ley orgánica 1/2002, de 22 de marzo del Derecho de Asociación.
2. Fundaciones inscrita en el Registro Público correspondiente, Y DECLARAD DE UTILIDAD PUBLICA.

d.        En el orden jurisdiccional social, además, los trabajadores y beneficiarios del sistema de Seguridad Social, tanto para la defensa en juicio como para el ejerció de acciones para la efectividad de los derechos laborales en los procedimientos concursales.

Asimismo, el derecho a la asistencia jurídica gratuita se reconoce a los trabajadores y beneficiarios de la Seguridad Social para los litigios que sobre esta materia se sustancien  ante el orden contencioso-administrativo.

e.       En el orden contencioso-administrativo, así como en la vía administrativa previa,    los ciudadanos extranjeros que acrediten insuficiencia de recursos para litigar tendrán derecho a la asistencia letrada y a la defensa y representación gratuita en los procedimientos que puedan llevar a la de entrada en España, a su devolución o expulsión del territorio español, y en todos los procedimientos en materia de asilo.

f.    En los litigios transfronterizos en materia civil y mercantil, las personas físicas contempladas en el  Capítulo VIII de esta Ley,  en los términos que en él se establecen.


EXPONGO

Que desde el año 2009 que fui elegido como presidente de esta entidad, he procurado establecer el dialogo con todos ellos, que pensamos que actuaron de forma antidemocrática contra esta entidad.
El año 2009 el Sr. Alcalde de esa época mediante  Decreto de Alcaldía, nos solicita la devolución de local de nuestra federación. No respetando la sección plenaria que lo cedió por mayoría absoluta de la corporación de aquella fecha febrero de 1992.

La anterior presidenta de la citada federación actuó conforme a Ley presentándose a la Alcaldía   de nuestra ciudad, obteniendo 1000 votos, estos votos logro por la presidenta de la federación, evito que el PSOE lograra la mayoría en la ciudad no pudiendo gobernar en solitario. Teniendo que ejercer coalición con Izquierda Unida para poder Gobernar la ciudad. Uno de los componente de esta coalición expreso que haría desaparecer a esta Federación de la ciudad, por el motivo siguiente, la presidente de la Federación fue injuriad por parte de componente de Izquierda Unida, que como es natural lo demando judicialmente, ganándole en todos los proceso, incluso en superior de Justicia de Andalucía, con una multa de 6.000 € y pago de todas las costa.

Cuando me entero de lo pretendían hacer con la Federación, siendo presidente de una de las       AA.VV. de Algeciras, cogemos los estatutos de la citada entidad y observamos que podemos crear una gestora con tres presidente de asociaciones para  reiniciar la actividad de esta entidad vecinal, hecho que se le comunica al Alcalde en tiempo y forma, a los treinta días se le entrega el acta con la nueva Junta Directiva, a la cual presidia, informándole que nuestra intención es establecer el dialogo como nos indica la Ley orgánica de 26 de Marzo, reguladora del Derecho de Asociaciones. 
   
Cuando la federación comienza a funcional con normalidad, esta Junta Directiva observa que una entidad vecinal está llevando a cabo la reclamación sobre la ponencia de valores que se pretendía subir en nuestra ciudad, según ellos no acogiendo a la ley ya que al parecer faltaba un año para realizar la posible subida catastra de las vivienda de la ciudad. Como coincidía que estábamos en pleno invierno, y esta labor la estaban llevando a cabo en los soportales de su AA.VV. le fue ofrecida por el bien general de los ciudadanos los locales de su Federación donde a los ciudadanos podía llevar estas reclamaciones sin esta soportando las inclemencias del tiempo, salvaguardo la salud de todos ellos ya que se trataba de personas mayores de edad, la inmensa mayoría de los que realizaban esta reclamación para todos ellos injusta.

Ejemplo: Una vivienda que tenía un valor catastrar de 18.000 € paso a tener un valor catastra de más de 160 %, con que el valor catastra se ponía en 28.800 € con una cuota de pago del 1.1 máxima cuota que la ley permite. Logrando encarecer este impuesto a los ciudadanos en plena crisis económica de nuestro país. Siendo este el motivo por el cual dieron una patada en la puerta de la federación robándonos todos los documentos y enceres de la citada entidad, por orden de Alcalde.

Con todo el respeto del mundo y nuestro agradecimiento, le pedimos disculpa por las molestias que le podamos causar, pero nos encontramos frente a una indefensión total con estos Sres. Gobernante Locales.  Lo peor es que  la nueva corporación continúa con la misma tesitura haciendo caso omiso a las leyes, basándose en leyes de Régimen local.
Pensamos que no pueden actuar por encimas de leyes orgánica o de rango superior. Las leyes están escritas para todos los ciudadanos, no obviando a los políticos.


Firmado: Rómulo Domínguez León
                              Presidente electo de F.A.V.AL-YAZIRAT 
                                                                   
                 Algeciras 09/04/2012

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